Todo lo que necesitas saber sobre los seguros para comercios
Hoy vamos a hablar del seguro para comercio, que es aquel que cubre el “modus vivendi” de muchos de los españoles, y consecuentemente de los empleados de estos comercios.
Los comercios en Valencia, se encuentran de manera habitual “a pie de calle”. Existen profesiones, como son consultas médicas o despachos de abogados, en que sí estamos acostumbrados a acudir a un piso. La nueva normativa, por ejemplo en el Ayuntamiento de Valencia, ya no contempla esta posibilidad, por lo que sólo se aportan licencias nuevas de aperturas en locales en planta baja.
Por tanto, cuando inauguramos un comercio en planta baja, seamos inquilinos o propietarios del local, es muy importante contratar los daños por agua: tanto tener cubierta la reparación de las tuberías, como los daños que nos cause el agua. Por dos razones:
- Rotura de tuberías: particularmente aconsejamos a nuestros clientes tener asegurada la rotura de tubería, aun no siendo el bajo en propiedad. La razón es que si se rompe una tubería y la tenemos asegurada, llamaremos a nuestra compañía de seguros para que acuda directamente. Si quién lo asegura es el dueño, debemos de localizarle, que se ponga en contacto con su compañía aseguradora, etc. Y mientras ocurre este proceso, el agua se acumula en el local, y el que sufre la pérdida económica es el dueño del negocio.
- Daños por agua: Aunque no aseguremos las tuberías, por la razón que sea, es importante tener los daños por agua cubiertos. Puesto que los bajos, como muchos conocéis, sufren las roturas de bajantes comunitarias y atascos de las mismas. Si se nos daña el local por culpa del agua que cae de la comunidad, nuestra compañía de seguros se hará cargo de nuestros daños (y posteriormente ya recobrará del causante) y al ser nuestro seguro de comercio siempre se va a implicar más (y le vamos a poder presionar más) para que se arregle todo los antes posible. No nos olvidemos que si nuestro negocio se para, los ingresos lo hacen también.
Otras coberturas que debemos de tener en cuenta
- Responsabilidad Civil (RC): Aunque cada vez la población está más concienciada con la importancia de la Responsabilidad Civil, desde la agencia nos gusta recordaros que, junto al incendio, es la garantía en la que no se debe escatimar. No olvidemos que no tener responsabilidad civil, o tenerla mal asegurada, puede desgraciarnos económicamente la vida. En el comercio es fundamenta la RC de explotación. Es decir, los daños que pueda causar la actividad que se realiza en el local. Esto lo debe de asegurar el responsable de la actividad, no es suficiente con que el propietario del local asegure la Responsabilidad Civil del local.- Como ejemplo, un bar, por explotación, puede ocasionar un incendio en un proceso de cocinado. Y eso, no tienen nada que ver con los daños que cause el local en sí. De esta forma, los daños se cubren por RC de explotación, no por RC del propietario del local.
- Pérdida de beneficios: Esta es una de las garantías menos económicas, y por ello no es muy demandada. Pero es interesante, que intensemos ajustarnos el presupuesto disponible al seguro del comercio e incluirla. Os recordamos que la pérdida de beneficios paga los gastos que tenemos igualmente en un negocio se abra o no. Es decir, que si por un incendio, es imposible trabajar y tengo que cerrar, no ingresaré dinero durante los días de cierre, pero pagaré igualmente la cuota de autónomos, la de la seguridad social del empleado, el mínimo de luz/agua/gas/teléfono/internet/tpv etc, el alquiler/hipoteca del local etc Es decir, con esta cobertura conseguiremos que tener el local cerrado no suponga un menos en nuestra contabilidad. No ganaremos dinero durante los días de cierre pero, que ya es significativo, no perderemos. En general, la pérdida de beneficios tiene cobertura en siniestros de daños por agua, incendios y riesgos de la naturaleza.
- Incendio: El incendio es una cobertura BASE en cualquier seguro de un inmueble, y por supuesto, lo será en el seguro para el comercio.
- Robo: Esta cobertura, lógicamente, incrementará más o menos el importe de la póliza dependiendo el comercio que explotemos. No es lo mismo vender joyas, que folios y por tanto las medidas de seguridad que se exijan por parte de la aseguradora, variarán. Importante contratar esta garantía junto a la de rotura de cristales, puesto que no es muy conocido que en caso de, por ejemplo, un robo con alunizaje, el escaparate de cristal si no se tiene contratado la garantía de lunas, no se pagará.
Por supuesto, para los seguros de comercios, hay más garantías posibles para contratar, pero hemos intentado resumir las más importantes/conocidas.
Recordad que el seguro para el comercio se puede meter en gastos. Consultad con vuestro gestor.
¿Tienes alguna duda de tu seguro de comercio? ¡Coméntanos son compromiso! ¡Esperamos vuestros comentarios!