“Cómo saber si tienes multas y si puedes recurrirlas”
Hoy vamos a hablar de las multas y sus recursos. Un tema que ahora, con el incremento de Guardia Civil y Policía en carreteras, como consecuencia de los desplazamientos vacaciones, aún sale más en nuestras conversaciones cotidianas.
En primer lugar, ante una multa siempre se abren dos campos:
- ¿Cómo enterarme que me han puesto una multa?
- ¿Puedo recurrirla?
Vamos a profundizar más en ambos temas:
a) ¿Cómo saber si tengo alguna multa de tráfico?
En primer lugar, la sanción nos puede ser comunicada en el momento por la autoridad competente. Si el conductor está ausente, o por causa del tráfico no se pudiera notificar en el momento de la infracción, nos llegará un aviso por correo certificado. No recoger este aviso, no supone en ningún caso la paralización del proceso recaudatorio. Paralelamente a esta notificación, se publica en el documento oficial del ayuntamiento o documento oficial del gobierno competente. Así mismo, desde 2009 esta información se publica en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA), cuyo funcionamiento fue reforzado con la entrada en vigor el 1 de Junio de 2015 de la ley 15/2014 de
Racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa que apoyan la notificación mediante el Tablón Edictal Único.
Es decir, el gobierno crea una sistema de notificación a disposición de todos los ciudadanos para que pueda consultar de manera fácil, y accesible las multas bien por dni, por nombre o por matrícula. De esta forma, será inviable el argumento de “no lo conocía””nadie me lo notificó”, para no pagar.
Para ellos sólo hay que acceder a la sede electrónica de la DGT, acceder a trámites y multas-¿alguna multa? –TESTRA. Hay opción de entrar con certificado digital y sin él.
Una vez conocida la forma de entrar, estaremos de acuerdo en que nuestra rutina diaria nos lleva muchas veces a olvidarnos de este tipo de opciones, y sólo nos acordamos cuando nos llega el embargo por una multa que ni recordábamos nos habían puesto. Para ello, desde Seguros Bilbao, os ofertamos seguro de auto con el servicio de consulta a TESTRA incluido. Cuando alguno de nuestros asegurados sale publicado en este archivo conocerá rápidamente que le han puesto una multa, puesto que se le comunicará por correo electrónico, directamente al cliente si nos lo ha facilitado, o a nosotros, LEANIZBARRUTIA AGENCIA DE SEGUROS S.L., como agentes, para que os informemos.
b) Y una vez conocida la sanción: ¿Puedo recurrirla?
En primer lugar, cuando nuestros clientes nos hacen esta pregunta, nuestra respuesta siempre es la misma,: “por supuesto, lo tienes cubierto en tu póliza de auto pero ¿ lo has hecho? Si lo has hecho, págala y aprovecha el descuento.” Esta respuesta viene porque nuestra experiencia nos dice que muchas veces aparcamos en segunda fila, o circulamos a 140 m/h, o aparcamos en un paso de cebra..”Porque llegamos tarde” ”Porque es imposible aparcar””porque es un segundo….”. Razones hay muchas, pero no justifican el recurso, y no pagarla al momento, para retrasar el pago, no tiene mucho sentido.
En primer lugar, porque aunque mucha gente no lo sabe, una vez recurrida la multa, se pierde el derecho al descuento. Por tanto, si nuestra idea es pagarla con el descuento dentro de un mes y medio, no tendremos la opción. Además, la presentación de un recurso, no paraliza el proceso sancionador: lo que significa que si tras las contestación (desfavorable) a un recurso, alegamos de nuevo, la multa mientras “va engordando” con recargos e intereses y la acabaremos pagando por un importe bastante superior al de la primera notificación.
Por tanto, os aconsejamos recurrir aquellas que documentalmente podamos justificar: “llevaba a urgencias a la abuela y tenía que parar en el carril bus”, “tengo el justificante como que pagué la ORA, y me sancionan por no abonarlo”, “me multan en Ciudad Real, cuando yo tenía el colche en mi taller en Valencia” “me dicen que aparqué en un paso de cebra y demuestro con fotos que en esa dirección no lo hay” etc. Teniendo en cuenta que la compañía de seguros te cubrirá el recurso en vía administrativa. Si, por la razón que sea, el cliente quiere recurrirla en vía judicial, tendrá que realizarlo de manera particular.
¿Y tú?¿Sabes si tienes multas pendientes? ¿Has localizado alguna multa por el TESTRA? ¿Conocías este servicio? ¡Cuéntanos!