Todo lo que necesitas saber sobre tu seguro de hogar en Valencia
El otro día leímos este interesante artículo sobre la siniestralidad en casas alquiladas, y nos ha parecido interesante tratar este tema.
Cuando un cliente pregunta por un presupuesto para el seguro del hogar, siempre se le pregunta si es propietario o inquilino, así como el uso que se le da (habitual, secundaria o deshabitada). Ahora explicaré la importancia de estas preguntas.
NATURALEZA TOMADOR: propietario o inquilino.
Tengamos en cuenta que cuando se contrata un seguro, la compañía se hace cargo de las propiedades de su asegurado, y será al tomador a quién le abone la indemnización de cualquier siniestro que pueda ocurrir.
Consecuentemente:
- Propietarios que residen (de manera habitual o secundaria): lógicamente todo lo que haya en la vivienda susceptible de sufrir un siniestro, así como la responsabilidad civil que se derive, será del tomador o de algún miembro de su familia directa.
- Propietario que alquila: En este caso cambia imponentemente la situación, puesto que lo que queda amparado por el seguro de vivienda del propietario, es todo aquello propiedad del dueño. Consecuentemente, si entran a robar y se llevan la TV del inquilino, ésta carecerá de cobertura.
- Inquilino: Si el tomador de la póliza es el inquilino, al asegurar la vivienda cubrirá aquello que sea de su propiedad, como pueden ser sus enseres, muebles, electrodomésticos aparatos electrónicos etc. Así como las consecuencias de vivir en dicho hogar.
¿Qué pasa si se produce un incendio como consecuencia del uso de la vivienda por parte del inquilino?. Un ejemplo muy habitual, el inquilino está cocinando y se produce un incendio que daña continente y contenido (incluyendo bienes del propietario y del inquilino)
a) Los elementos dañados de continente y contenido del propietario quedarán amparados por su seguro de hogar “propietario y alquila”
b) Los elementos daños propiedad del inquilino quedarán cubiertos por el seguro del hogar con la figura de inquilino.
c) ¿Y los daños a terceros? Los daños que produzca el incendio a los vecinos o comunidad de propietarios, los abonará el seguro del propietario. Éste, posteriormente, gestionará el recobro de dicha indemnización, sumada a los daños indemnizados en el punto a). Si el inquilino contrata un seguro de hogar, contratará la garantía de RESPONSABILIDAD CIVIL DEL INQUILINO FRENTE AL PROPIETARIO; y a través de esta garantía, hará frente a la reclamación de recobro de la compañía aseguradora del propietario. ¿Y si el inquilino no contrata seguro? Entonces, tendrá que responder con sus ingresos y con su patrimonio a esta reclamación.
Incido en este punto puesto que cuando se trata el tema del seguro del hogar con un inquilino, en la mayoría de ocasiones las respuestas son, principalmente, “el dueño tiene seguro” “si mis cosas no valen nada…”. Por eso es tan importante insistir que la mayoría de los incendios domésticos se producen por acciones propias de las personas que residen en las viviendas: cocinado, braseros/estufas mal apagadas, personas que se duermen fumando….Y por tanto, en el caso de las viviendas alquiladas, el seguro tramitará el recobro de una indemnización siempre que le sea posible. Por tanto, si la causa del siniestro es imputable al inquilino, será contra éste hacia el que dirija su reclamación.
Ídem, si se trata de un daño por agua consecuencia de una omisión de grifo, un atasco o una salida de agua de la lavadora o el lavavajillas. Todos aquellos siniestros, imputables al inquilino, serán susceptibles de recobro por parte de la compañía aseguradora.
USO VIVIENDA: Nos encontramos tres opciones principalmente.- habitual, secundaria o deshabitada.
- Habitual: es aquella vivienda que permanece habitada 9 meses o más
- Secundaria: es aquella (que en complemento con la anterior) no está habitada más de 9 meses
- Deshabitada: Como bien indica el nombre, es la vivienda NO habitada
Es importante que aseguremos la vivienda en función de sus usos por las siguientes razones:
a) Capitales: Cada vez es más habitual que los tarificadores de las compañías aseguradoras nos orienten unos capitales a asegurar, cuando pedimos un presupuesto. Los mismos serán resultados de varios factores, entre los que es primordial el uso que se le da. Lógicamente, cuanto más tiempo residimos en una vivienda, más enseres se “acumulan” y mayor inversión se realiza en muebles, electrónica y electrodomésticos.
b) Garantías: hay garantías que van vinculados al uso de la vivienda, como puede ser el atraco en la calle, que siempre será una garantía abonar en la vivienda en la que estamos empadronados (que es generalmente, la habitual).
c) Riesgo: En el cálculo de la tarifa por parte de la compañía aseguradora influye también la probabilidad de tener un siniestro. Y las estadísticas hacen la primera diferenciación por el uso de dicha vivienda. En consecuencia, si aseguramos un uso que no es el adecuado, y las tarifas de nuestra aseguradora son más caras para el uso real, que el que aparece en el contrato, nos arriesgamos a que nos apliquen una regla proporcional a la hora de indemnizar un siniestro, por inexactitud en los datos para realizar el contrato.
Bueno, espero que hayáis aprendido un poquito más, sobre los seguros de hogar y su funcionamiento.
¿Sabías los riesgos de ser inquilino y no tener un seguro de hogar? ¿Estás buscando un seguro de hogar en Valencia Déjanos asesorarte. ¡Pídenos presupuesto sin compromiso!