Buenos días de nuevo por aquí. Hoy queremos hablaros de los seguros que TIENES que tener contratados, que no es lo mismo que los productos que son recomendable de utilizar. Existen una serie de seguros que son recomendables tenerlos en cuenta y contratarlos cuando llegue la ocasión.
Tipo de seguros: cuáles son los de obligada contratación
- Seguro de vehículos a motor: Tanto si tienes un coche, una moto, un camión o una auto-caravana, existe la obligatoriedad legal de contratar un seguro mínimo de RC. Otra cosa, es que además de ese seguro obligatorio, podamos ampliar la póliza con otras coberturas hasta llegar al todo riesgo sin franquicia.
- Seguro de hogar o negocio para inmuebles hipotecados: Para todas aquellas viviendas o locales hipotecados, la Ley exige que se contrate un seguro con la garantía mínima de incendio.
- Seguro de perros peligrosos: La legislación vigente actual obliga a los propietarios de perros catalogados como peligrosos a contratar un seguro de Responsabilidad Civil, por los daños que éste pueda ocasionar. Este seguro se presentará en el Ayuntamiento con el resto de documentación solicitada por el mismo para poder obtener el permiso para la tenencia de este tipo de animales.
- Seguro de comunidad de propietarios: Es obligatorio, según la legislación de la Comunidad Valenciana, que todas las comunidades de propietarios de alta en este territorio contraten como mínimo un seguro de RC e Incendio sobre sus instalaciones.
- Seguro de embarcaciones: Seguro obligatorio de Responsabilidad Civil para poder navegar. Como en el caso del automóvil, podrá completarse este seguro con diferentes coberturas.
- Seguro de cazador: Al igual que el seguro de Responsabilidad Civil del pescador, existe un seguro de RC del cazador que habrá que presentar para poder obtener la licencia.
- Seguro de salud para extranjeros: Cada vez el listado de nacionalidades en nuestro país es más grande (casi todos no comunitarios). En algunas ocasiones, cuando solicitan la residencia en nuestro país, se les exige la contratación de un seguro médico privado para poder obtener dicha residencia.
- Seguro obligatorio de convenio: Determinados convenios, en su detalle, describen la obligatoriedad por parte del empresario de contratar un seguro que podrá ser de vida o de accidentes y con los límites marcados por el convenio, así como el ámbito de aplicación (laboral o 24 horas) para sus trabajadores.
¿Conoces algún seguro más obligatorio?, ¿has tenido que utilizarlo? ¡Esperamos tus comentarios!